Unos 650 indigentes en la ciudad, de los que aproximadamente 50 se encuentran en fase terminal. 

Los miembros de la COORDINADORA CIUDADANA INDEPENDIENTE y CORUÑA SIN TECHO lamentamos que las medidas que se toman en lo referente a los indigentes sean siempre de tipo policial o caritativo por lo que proyectamos iniciar una recogida de firmas para que se tramite UNA LEY QUE COMBATA LA MARGINALIDAD.

Este hipotético texto debe garantizar a la persona un techo permanente tal y como recoge la constitución. Además el mendigo deberá recibir atención sanitaria y psicológica, especialmente cuando se encuentre en el peor nivel de degradación. Una vez que se cubren estas necesidades el indigente deberá participar en cursos de reciclaje formativo o de alfabetización si fuera necesario.

El paso siguiente seria que las administraciones públicas ubicasen al indigente en proceso de reinserción en un puesto publico de trabajo temporal, con preferencia en tareas sociales a cargo de las propias administraciones. El proceso de reinserción concluye cuando la persona esa empleable y puede lograr su independencia (VER MÁS) Blog de la Coordinadora Ciudadana Independiente y Comisión Sin Techo de la Coruña PARA LEER, COPIAR O IMPRIMIR CUALQUIER CARTEL O TROZO DE TEXTO, HACED CLICK SOBRE EL MISMO

miércoles, 12 de marzo de 2014

¿ ES ILEGAL OCUPAR UNA VIVIENDA SOCIAL VACIA ?

Un juzgado de Sevilla ha solicitado a la empresa municipal de vivienda (Emvisesa) que acredite si una vivienda social ahora ocupada ha sido adjudicada a alguna familia en situación de exclusión social. El Ayuntamiento había denunciado a una mujer y su hija pequeña por ocupación ilegal, pidiendo recuperar la posesión de la vivienda, pero la jueza le pide primero que le remita algún documento que justifique que dicha vivienda se encuentra en fase de adjudicación a una familia sin recursos y con necesidades de vivienda.

Emvisesa, según el letrado de la Asociación de Abogados Independientes de Sevilla (Adais) que defiende a la familia ocupante en estado de necesidad, no ha respondido un mes después al requerimiento del juzgado. Tenía cinco días para demostrar "a qué familia sin recursos y con necesidades de vivienda se le ha asignado la vivienda ocupada, para así acreditar el perjuicio causado que justifique la adopción de la medida cautelar", según consta en la providencia del Juzgado de Intrucción número 10 de Sevilla, fechada en pasado 8 de enero. (LEER TODO)

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